El fallo se dio tras la tutela interpuesta por Paola y Andrea, luego de que una EPS negara la licencia de maternidad a una de ellas y le otorgara, en su lugar, una licencia de paternidad. El alto tribunal concluyó que esta decisión vulneró derechos fundamentales como la igualdad, la seguridad social y el cuidado.
La sentencia unificadora SU-068 de 2026 establece que ambas madres tienen derecho a acceder a la licencia de maternidad, reconociendo que las dos ejercen funciones de cuidado, incluso en aspectos como la lactancia.
Según el tribunal, el actual sistema de licencias no responde a la realidad de las familias diversas, por lo que instó al Congreso a realizar ajustes que garanticen una protección más amplia e incluyente.
Este fallo marca un precedente clave en Colombia al ampliar el reconocimiento de derechos para las familias homoparentales y poner en el centro el derecho al cuidado del menor.










