La decisión, emitida el 23 de abril de 2026, deja sin efecto los registros “Frisby” y “Frisby Pollo Frito”, vigentes desde 2001. Según el organismo, la compañía colombiana no logró demostrar un uso real y continuo de estas marcas en territorio español.
El conflicto surgió luego de que empresarios en España replicaran el nombre, concepto e identidad visual de la reconocida cadena colombiana sin autorización, lo que derivó en una disputa legal. Aunque inicialmente hubo medidas cautelares a favor de la firma colombiana, estas fueron revocadas por un tribunal en Alicante, fortaleciendo la posición de la parte europea.
La OEPM concluyó que elementos como redes sociales o reconocimiento entre la comunidad colombiana no son suficientes para probar actividad comercial en España, señalando que la operación de la marca se ha limitado a Colombia.
El caso aún no está cerrado. Se espera un pronunciamiento de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, que será clave para definir el futuro de la marca en el mercado europeo.










