La decisión fue tomada por la Sección Segunda del alto tribunal, al considerar que la medida podría contradecir lo establecido en la Ley 2381 de 2024, norma que permitió de forma excepcional el cambio de algunos afiliados desde fondos privados a Colpensiones.
Sin embargo, dicha ley señalaba que los recursos debían permanecer en los fondos privados hasta que cada persona cumpliera los requisitos para pensionarse y consolidara su derecho.
Pese a eso, el decreto del Gobierno ordenaba mover el dinero de manera inmediata: el 50 % en un plazo de 20 días y el restante 50 % en los 10 días siguientes.
Para el tribunal, el Ejecutivo habría modificado una disposición ya definida por el Congreso, excediendo su facultad reglamentaria. Por esa razón, la medida quedó suspendida mientras se estudia si debe ser anulada de forma definitiva.
La decisión representa un nuevo capítulo en el debate sobre la reforma pensional y el manejo de los ahorros de millones de trabajadores en Colombia.










