El proyecto ya está en curso y en los próximos días el Ministerio de Vivienda publicará el decreto para que las personas puedan acceder a él a través de las diferentes entidades financieras en el segundo semestre del año 2020.
Los requisitos
Para acceder a este programa las personas deben ser mayores de 65 años, que no tengan una pensión y deben ser propietarios de una casa.
que se han establecido: Renta Vitalicia que consiste en el pago mensual hasta el fallecimiento de los dos propietarios.
Renta Temporal o pago mensual por un periodo determinado de tiempo o la única renta que es el avalúo o pago total del avalúo de la vivienda.
Frente al tema, el Ministerio de Vivienda garantiza a los interesados una asesoría adecuada, un avalúo independiente y que la entidad financiera no podrá tomar la propiedad antes de la muerte de la pareja.
¿Quiénes pueden acceder?
La hipoteca inversa aplica para personas de todos los estratos y entre las características, el gobierno asegura que quienes están interesados tienen el deber de tener una asesoría, una restricción de exigibilidad de la vivienda antes del fallecimiento y un avalúo independiente.
Una de las preguntas frecuentes tiene que ver con el caso de los afiliados que tiene hijos y este inmueble era su herencia, y si al fallecer ellos pierden la vivienda.
Con respecto al tema, el ministro Jonathan Malagón, indicó que los herederos del fallecido pueden escoger si quieren pagar la deuda acumulada con sus recursos o vender la propiedad para saldar la deuda y conservar el excedente.
Solamente cuando no haya un pago de la deuda, es que el inmueble podrá ser entregado en dación en pago.
Agregó que la renta se define, principalmente, por el avalúo de la vivienda, la edad de los solicitantes, la tasa de interés y la modalidad de hipoteca inversa (vitalicia, temporal o de única disposición).
Esto sin perjuicio de los análisis de riesgo que las entidades autorizadas puedan evaluar.