El usuario que no exhiba el resultado de la prueba o esta sea positiva no podrá acceder a la aeronave.
En ese sentido, se ordena a las EPS autorizar estas pruebas de detección de covid-19 a sus afiliados mayores de siete años, siempre y cuando estos presenten la solicitud adjuntando el contrato de transporte o documento equivalente de viaje.
Si una persona da positivo, el costo del proceso de aislamiento en los lugares de viaje estará a cargo de los viajeros, establece la resolución.
Cuéllar indicó además que los viajeros “deberán acatar todas las normas que frente al comportamiento en espacios públicos expidan el Minsalud y los mandatarios locales”.
Finalmente, la normativa recalca el cumplimiento del uso de elementos de protección personal para quienes laboran en aeropuertos y terminales aeroportuarias y viajeros; el uso en sus celulares o dispositivos móviles de la aplicación CoronaApp -Colombia, para el reporte de sintomatología asociada al covid-19 y el aislamiento físico en el interior de los terminales.