¿Quiénes pueden salir?
El jefe de la cartera de Salud aseveró que ya no se aislará a las personas por sus condiciones de riesgo. Es decir, pueden trabajar las personas con comorbilidades; sin embargo, señaló que en los próximos días informarán las recomendaciones para estas personas en los lugares de alta afectación.
En algunos municipios, según el grado de afectación, se tomarán medidas para proteger la vida de los grupos poblacionales de mayor riesgo, indicó Ruiz.
De este modo, ya no habrá sectores con restricción, a excepción de los que implican aglomeraciones.
Sin embargo, el Presidente señaló que los mandatarios locales de los municipios de alta afectación serán los encargados de controlar aforos (para reducir el número de personas en el espacio público), y plantear otras medidas que vean pertinentes para mitigar la pandemia en sus regiones.
Es decir, cines, gimnasios, piscinas, hoteles, viajes por carretera, casinos, cines, colegios y universidades, industria, comercio, transporte público, restaurantes, parques de atracciones, museos, bibliotecas, entre otros, están permitidos.
También los vuelos nacionales estarán permitidos. En las ciudades de alta afectación, se podrán implementar medidas adicionales que disminuyan el flujo de pasajeros.
Adicionalmente, todas las personas deben cumplir con el distanciamiento social y los sectores de la economía, cumplir con los protocolos de bioseguridad.
¿Quiénes no pueden salir?
Ruiz señaló que no podrán salir las personas que tienen sospechas de tener coronavirus, como por ejemplo que tengan problemas respiratorios, o quienes tienen el virus.
En este sentido, el ministro de Salud puntualizó que prima la responsabilidad de las personas de mantenerse en casa si tienen algunos de los síntomas de covid-19.
El jefe de la cartera de Salud fue enfático en que si hay casos de rebrote se tomarán medidas más estrictas “para mantener y contener la propagación de la pandemia”.
Por otra parte, hay restricciones para “todos los eventos públicos o privados que impliquen aglomeraciones (conciertos, discotecas, ferias y eventos deportivos)”. Asimismo, señaló que no está permitido el consumo de licor en establecimientos de comercio y espacios públicos.
De este modo, tampoco está permitido:
• Todos los eventos, públicos o privados que impliquen aglomeraciones, tales como conciertos, discotecas, ferias y eventos deportivos.
• El consumo de licor en establecimientos de comercio y espacios públicos. (Pero se pueden hacer pilotos de consumo de licor en estos establecimientos).
• Adicionalmente, en los municipios de alta afectación, se podrán tomar medidas adicionales que reduzcan el número de personas en el espacio público.
• El Ministerio de Salud, de manera coordinada con el Ministerio del Interior y los entes territoriales, tomará las medidas para proteger a los grupos poblacionales de mayor riesgo o de vector de contagio. El Ministerio, coordinadamente con las autoridades territoriales, dará la línea para determinar el manejo de estas poblaciones según el grado de afectación territorial.
• Dependiendo de las variables epidemiológicas se podrán realizar pilotos de apertura de los sectores y actividades que se encuentren restringidos.
Tomado de EL TIEMPO