La Corte Constitucional declaró que las licencias de maternidad deben extenderse a los hombres trans y a la personas no binarias que también estén pasando por un proceso de gestación. El tribunal estudiaba una demanda de inconstitucionalidad de 2021 que afirmaba que esta población estaba siendo excluida de la norma.
El análisis al Código Sustantivo del Trabajo evidenció que, al hallar expresiones como “trabajadora”, “madre” y “mujer”, hay una omisión legislativa que “desconoce los derechos a la igualdad y a la seguridad social”.
Además, considera “como titulares de la licencias de maternidad y parentales flexible y compartida a las mujeres, sin considerar explícitamente a hombres trans y personas no binarias”.
De otro lado, la Corte Constitucional sostuvo que se debe proteger a los niños que son hijos de hombres trans y personas no binarias, y que tampoco se les debe discriminar por la identidad sexual de sus padres.
Según el DANE, en el primer Registro Voluntario para la Visibilidad de la Diversidad Sexual y de Género en Colombia, realizado entre junio y septiembre del año 2022, un total de 5.686 personas se identificaron como integrantes de la comunidad LGBTIQ+ o pertenecientes a otras orientaciones sexuales e identidades de género no hegemónicas.