El decreto, en el que se prorroga esta medida, dice en algunos de los resuelve lo siguiente:
“ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar la Restricción total de movilización en motocicleta en toda la jurisdicción del Municipio de Tuluá Valle del cauca, a partir del día lunes primero (01) de abril del 2024 hasta el día martes treinta (30) de abril de 2024, en el horario desde las veintitrés horas (23:00 Hrs) hasta las cinco (05:00am) de la mañana.
ARTÍCULO SEGUNDO: Que, la anterior medida establecida, se extiende para aquellas motocicletas que se encuentren estacionadas o parqueadas en vía y espacio público, conforme a las anteriores consideraciones. Parágrafo primero: Entiéndase como espacio público andenes, zonas verdes o áreas destinadas a peatones, recreación o conservación. En vías arterias, zonas de seguridad, o dentro de un cruce.
En vías principales y colectoras. En puentes, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a éstos. En zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de cierto tipo de vehículos, incluyendo las paradas de vehículos de servicio público, o para en condición de discapacidad. En carriles dedicados a transporte masivo sin autorización. En doble fila de vehículos estacionados, o frente a hidrantes….
ARTÍCULO TERCERO: El no acatamiento de lo estipulado en el presente Decreto, será sancionado conforme a lo dispuesto en el Artículo 131 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre), modificado por el Artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, Literal C, Ordinal 14, Codificada como sanción “C14” en la Resolución 3027 de 2010, emanada del Ministerio de Transporte; además el vehículo automotor será inmovilizado en los patios del Departamento Administrativo de Movilidad y Seguridad Vial que tiene destinado para tal efecto…”