De acuerdo con la norma, la base de cálculo será el Índice de Precios al Consumidor IPC interanual (es decir de los últimos 12 meses), con corte del mes de agosto de 2025 que se estableció en 5,10%, según los datos divulgados por el DANE, para todos los establecimientos educativos.
«A partir de este valor, los colegios podrán sumar puntos adicionales según diferentes criterios, como la calidad institucional, los niveles de permanencia escolar, el trabajo con estudiantes con discapacidad y el reconocimiento salarial a sus maestros», indica la circular.
Las tarifas
Según lo precisa la norma, los incrementos para el próximo año estarán entre el 5,26% y un tope máximo del 9,1%.
Advierte el documento que los colegios privados podrán acceder a los incrementos siempre y cuando cumplan con los siguientes parámetros: Resultado de la autoevaluación, los establecimientos educativos se clasifican en uno de los regímenes de tarifas establecidos en la Ley: regulado, vigilado o controlado; que deben reportarse en el Sistema de Información de Evaluación Institucional (EVI).
Índice de permanencia en los establecimientos educativos privados, que «Permite medir el número de estudiantes que permanecen matriculados en el establecimiento en un periodo determinado, promoviendo estrategias pedagógicas y didácticas que disminuyan la tasa de deserción y pérdida académica; aportando al cumplimiento de las trayectorias educativas completas, de una manera integral.
Permanencia intraanual: Porcentaje de estudiantes matriculados durante 2024 sin presentar retiro en el transcurso del mismo año. Permanencia interanual: Porcentaje de estudiantes que, de acuerdo con su trayectoria educativa, se encuentran matriculados en los años 2023 y 2024 consecutivamente.
Tasa de aprobación: Porcentaje de estudiantes que aprobaron el grado educativo en el cual se encontraban matriculados durante el año 2023
También, se reconocerá con un 0,3% adicional a los colegios que implementen estrategias de educación inclusiva y atiendan a estudiantes con discapacidad, registrados oficialmente en el sistema del Ministerio.
Y también, podrán aplicar un incremento adicional de hasta el 2,2% a los establecimientos que realizan los pagos de acuerdo con el escalafón del Decreto 2277/7, o su estructura salarial en el año 2025 fue igual o superior a la del escalafón docente del Decreto Ley 2277 de 1979.
Desde el Ministerio de Educación se impartió una directriz a todas las secretarías del ramo tanto departamentales como municipales para que se convierta en garantes de la resolución expedida y al mismo tiempo se instó a los padres de familia para que denuncien cualquier tipo de abuso por parte de los colegios privados.