Colombia restringe el uso de vapeadores en estos espacios públicos

El uso de vapeadores no está permitido en diversos espacios públicos y laborales del país. La Ley 2354 de 2024 amplió las restricciones que regulan el consumo de tabaco para incluir cigarrillos electrónicos y productos similares, con el propósito de proteger la salud de quienes no los utilizan.

La prohibición comprende espacios cerrados de restaurantes, bares, discotecas, centros comerciales, hoteles y cafeterías. También aplica en instituciones educativas, centros de salud, museos, bibliotecas, medios de transporte y escenarios deportivos y culturales, entre otros lugares.

¿Qué sanciones contempla la norma?

Quienes incumplan las restricciones pueden recibir una amonestación verbal y una sanción pedagógica que implica asistir a una jornada de capacitación sobre los efectos nocivos del consumo. Las medidas aplicables dependerán de las circunstancias y de las disposiciones vigentes.

La ley también prohíbe la venta de estos productos a menores de 18 años y establece reglas para su publicidad, presentación y etiquetado. Con estas disposiciones, se busca reducir la exposición al vapeo y prevenir su consumo, especialmente entre niños, niñas y jóvenes.

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