Quienes paguen el capital de sus obligaciones hasta el 30 de noviembre de 2026 podrán obtener un descuento del 90 % en intereses y sanciones. Si realizan el pago entre el 1 y el 31 de diciembre, el beneficio será del 80 %.
También se establecieron medidas especiales para predios afectados por la actualización catastral de 2025 y 2026. En estos casos, si el inmueble está en mora, se podrá acceder al 100 % de descuento en los intereses moratorios de esas vigencias, siempre que se pague el capital antes del 31 de diciembre de 2026.
Por otra parte, los propietarios de viviendas o inmuebles que sufrieron daños totales por el sismo podrán acceder a exenciones del Impuesto Predial: para las vigencias 2027 y 2028, si pagan las obligaciones de capital hasta 2026 o suscriben una facilidad de pago; y para el periodo 2027-2030, si estaban a paz y salvo al momento del terremoto. Estas exenciones no son acumulables.
Las personas que acrediten afectaciones por el sismo también podrán obtener el 100 % de descuento en intereses moratorios del Predial y en intereses y sanciones de Industria y Comercio hasta la vigencia 2025. Para acceder a estos beneficios, deberán pagar el capital hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Cómo acceder? Los interesados deben solicitar su estado de cuenta en la Secretaría de Hacienda o en los puntos de atención del Municipio. Si fueron afectados por el sismo, deberán acreditar esa condición ante Gestión del Riesgo mediante el RAMS y consultar las opciones de pago aplicables.
La Administración recordó que los alivios cobijan obligaciones en mora de las vigencias 2020 a 2026 y que el plazo máximo para acogerse a los beneficios es el 31 de diciembre de 2026.



