La decisión está relacionada con un convenio de cooperación suscrito durante su administración con la Fundación Calimío por más de 1.072 millones de pesos, destinado a la dotación de bibliotecas escolares en instituciones educativas del departamento.
Según la sentencia, durante la celebración y ejecución del contrato se incumplieron varios requisitos legales. La Corte determinó que se utilizó la figura de convenio de interés público para evitar un proceso de licitación pública, pese a que el valor del contrato exigía adelantar ese procedimiento.
Además, el alto tribunal concluyó que la fundación contratada no contaba con la idoneidad necesaria para ejecutar el proyecto, ya que dentro de su objeto social no se encontraba la dotación de bibliotecas. También se evidenció la ausencia de estudios previos completos que justificaran la contratación y permitieran identificar las necesidades reales de las instituciones beneficiadas.
La investigación estableció que, posteriormente, la Fundación Calimío subcontrató la adquisición de los textos escolares con empresas vinculadas a particulares que terminaron obteniendo millonarios beneficios económicos. De acuerdo con la Corte, esta cadena de contrataciones generó sobrecostos por más de 817 millones de pesos, recursos públicos que terminaron siendo apropiados de manera irregular.
En su decisión, la Sala Penal concluyó que Abadía conocía las irregularidades que rodeaban el convenio y permitió que este se utilizara como mecanismo para favorecer a terceros sin cumplir las exigencias legales de contratación estatal.
Con esta determinación, la Corte dejó en firme la sentencia condenatoria emitida en primera instancia, cerrando uno de los procesos judiciales más relevantes relacionados con corrupción en el Valle del Cauca.



