La decisión busca fortalecer la implementación de estas normas, culminar estudios técnicos y garantizar una regulación respaldada por criterios jurídicos y de seguridad vial.
El aplazamiento cobija los reglamentos relacionados con cintas retrorreflectivas, llantas para motocicletas, sistemas de frenado para vehículos y motos, vidrios de seguridad, sistemas de retención, llantas para vehículos automotores, remolques y semirremolques.
De acuerdo con la resolución expedida por la cartera, las nuevas disposiciones comenzarán a aplicarse entre agosto y octubre de 2027, mientras que algunos requisitos específicos entrarán en vigencia de manera gradual entre 2028 y 2030.
El Ministerio explicó que este tiempo adicional permitirá finalizar los estudios que adelantan la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y el Viceministerio de Transporte sobre la compatibilidad entre los estándares técnicos internacionales de la ONU (WP.29) y los Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS) de Estados Unidos.
La ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, señaló que el objetivo es que los reglamentos entren en vigor con el respaldo de estudios especializados y bajo los más altos estándares internacionales. Además, aclaró que durante el periodo de aplazamiento seguirán vigentes las normas actuales, por lo que no habrá cambios en las exigencias de seguridad para fabricantes, importadores, comercializadores y organismos de certificación.



