Su caso volvió a abrir el debate sobre las diferencias entre ambas figuras dentro del derecho a morir dignamente en Colombia.
Giraldo padecía un grave trastorno de salud mental que le generaba un sufrimiento persistente e incurable. Desde 2020 fue sometida a más de 40 tratamientos farmacológicos, nueve hospitalizaciones psiquiátricas y tres ciclos de terapia electroconvulsiva, sin lograr una mejoría. Según su caso, cumplía los criterios establecidos por la Corte Constitucional para acceder a la asistencia médica al suicidio.
Sin embargo, ante la falta de reglamentación de ese procedimiento y los obstáculos administrativos que enfrentó durante más de diez meses, finalmente optó por la eutanasia. El Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), que acompañó su proceso, lamentó que las barreras institucionales le impidieran acceder a la opción que ella consideraba más acorde con su voluntad.
La diferencia entre ambos procedimientos radica en quién realiza el acto final. En la eutanasia, es el personal médico quien administra el medicamento que provoca la muerte del paciente. En el suicidio médicamente asistido, el profesional de la salud suministra el fármaco y supervisa el proceso, pero es el propio paciente quien decide administrárselo.
Antes de morir, Catalina explicó que nunca dejó de preferir el suicidio médicamente asistido, pero que el prolongado proceso judicial y el deterioro de su estado de salud la llevaron a cambiar de decisión. Su caso continúa en estudio ante la Corte Constitucional y podría convertirse en un referente para definir la reglamentación de esta modalidad en Colombia.



