Comerciantes inconformes con tarifas de alumbrado público

Los empresarios pagaban antes por el alumbrado público un cargo fijo pero con el nuevo régimen tributario deben cancelar el 10 % sobre su consumo....

Los empresarios pagaban antes por el alumbrado público un cargo fijo pero con el nuevo régimen tributario deben cancelar el 10 % sobre su consumo.

El gráfico muestra el incremento que han sufrido un empresario de la ciudad, pasando de un cargo fijo en 2016 (izquierda) al 10% sobre el consumo (derecha).

El gráfico muestra el incremento que han sufrido un empresario de la ciudad, pasando de un cargo fijo en 2016 (izquierda) al 10% sobre el consumo (derecha).

Los cambios en las condiciones contractuales en materia de alumbrado público para los sectores industrial y comercial de la ciudad, a partir del presente año, ha generado en estos segmentos productivos un creciente malestar por lo que se están elevando consultas para conocer el sustento jurídico del incremento.
Hasta el año anterior, antes de la aprobación del Estatuto Tributario, estos dos sectores pagaban un impuesto fijo pero, a partir del Estatuto Tributario Municipal, aprobado por medio del Acuerdo del Concejo Municipal 016 del 28 de diciembre pasado, la carga tributaria se convirtió en el 10% del consumo mensual.
No obstante, el mismo Estatuto Tributario establece un techo para el pago final que, de acuerdo con el parágrafo primero del artículo 238 que habla de tarifas, no debe superar los 12 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
“Definitivamente este tipo de decisiones afectan nuestra productividad, con el agravante de que terminamos financiando el alumbrado público del municipio, una carga que debería ser responsabilidad de todos y no de uno o dos sectores solamente” aseveró uno de los empresarios inconformes.
El mantenimiento de este servicio está contenido en el artículo 239 del mismo Estatuto que precisa que “Todos los dineros que se recauden por concepto del impuesto de alumbrado público deberán consignarse en la fiducia autorizada por el municipio de Tuluá, constituida para cubrir los costos de prestación del servicio de alumbrado público, sin importar la fuente de recaudo de la cual provengan”.
Consultado al respecto, el concejal Llener Darío Borja Mafla aseguró que este es un impuesto debidamente normatizado y discutido en las sesiones plenarias del Concejo Municipal de finales del año anterior, además autorizado desde el Gobierno Nacional, por lo que ellos como cabildantes se limitaron a darle cumplimento a ese mandato.
Por su parte Elver López, concesionario del Alumbrado Público en el perímetro urbano de Tuluá, señaló que el recaudo de ese porcentaje aprobado desde el 1 de enero le corresponde al municipio y su gasto tiene una destinación específica.

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