En el año 2026 entrará en vigencia la Ley 2485 de 2025 sancionada por el presidente de la república y que beneficiará a los usuarios de servicios de internet, telefonía y televisión por suscripción y quienes sufren por los cobros excesivos por reconexión cuando se suspende el servicio por falta de pago.
La norma sancionada el 16 de julio, y que está en su fase de implementación, establece un tope máximo para los cobros de reconexión y obliga a las empresas a aplicar tarifas proporcionales y transparentes.
En la actualidad son muchos los usuarios los que pagan alrededor de 30.000 pesos por reconexión del servicio de internet o telefonía una vez han saldado sus deudas. Sin embargo, la nueva ley ordena que este valor no podrá ser arbitrario ni superior a los costos reales en los que incurre el operador al restablecer el servicio.
Lo que dice la Ley
El artículo uno de 1 de la nueva ley establece que su objetivo principal es garantizar condiciones de acceso equitativas a los servicios de telecomunicaciones y proteger los derechos de los usuarios. Lo que significa que las empresas proveedoras deberán aplicar políticas justas y no discriminatorias en los procesos de suspensión y reconexión.
En el articulo dos se añade un nuevo parágrafo al artículo 23 de la Ley 1341 de 2009, en el que se ordena a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) definir, en un plazo máximo de 12 meses, el valor máximo que podrá cobrarse por reconexión. Además, ese monto deberá revisarse periódicamente para evitar abusos y mantener la proporcionalidad de los costos.
¿Cuánto sería el cobro?
Aunque la Comisión de Regulación de Comunicaciones debe adelantar el proceso para establecer el monto máximo permitido, se calcula que este sea menor al valor actual de $30.000 que cobran muchas empresas. Incluso, al hablar del tema el senador Julio Alberto Elías Vidal, autor de la ley, aseguró que el monto podría llegar incluso a los $3.000.
El espíritu de la norma sancionada por el presidente Gustavo Petro se basa en el principio de evitar que los usuarios sean castigados económicamente de forma desproporcionada por atrasarse en el pago, especialmente en hogares de bajos ingresos o zonas rurales.
Se debe señalar que hasta tanto la Comisión fije oficialmente el tope, las compañías seguirán aplicando los cobros vigentes, según el artículo 4 de la ley, que establece un periodo de transición. Este lapso servirá para que los operadores ajusten sus sistemas y prácticas comerciales a las nuevas reglas.
«La nueva legislación promueve un equilibrio entre la sostenibilidad financiera de los operadores y la protección del usuario final. Además, establece que los costos por reconexión deberán estar debidamente justificados y publicados de forma clara en los contratos» precisó el senador Vidal.











