“Aunque ustedes me digan que no, vamos a volver a presentar la propuesta para que este hospital se acoja a la Ley 550, pues es una medida que ya ha dado resultados en otras instituciones”, dijo de manera categórica la médica María Cristina Lesmes, quien en calidad de gobernadora encargada clausuró el periodo de sesiones ordinarias de la Asamblea del Valle que sesionó el pasado jueves en las instalaciones del hospital Tomás Uribe Uribe de Tuluá.
La funcionaria manifestó que seguir operando bajo las actuales condiciones, sería llevar al hospital a una incapacidad de prestar un servicio adecuado y oportuno a los usuarios que son la razón de ser.
En su intervención la profesional, aseguró que con corte a septiembre de 2022 los pasivos del Tomás Uribe Uribe, llegaban a los $112 mil millones y en el momento ya debe estar por los 140 mil.
“Acogerse a esta norma es una manera de apalancar y detener todos los pasivos y paralizarlos, es darle un aire al hospital para que permita con sus ingresos ponerse en operación sin afectar, especialmente, a los proveedores que son los que encarecen la prestación de los servicios”, precisó.
“Yo le pido señores diputados que nos acompañen en esta tarea de la mano con la gerencia, los funcionarios, trabajadores y demás estamentos del municipio de Tuluá, pues el interés es hacer del hospital una empresa viable en el tiempo”, puntualizó la mandataria(e).
Reacciones
Para el activista y líder social, Juan Manuel Lastre, el anuncio de la 550 podría ser más lesiva, pues sería abrirle el camino a la privatización de la casa de salud.
“Como organización social le seguimos la pista a la intervención del Hospital Universitario del Valle y nos hemos topado con temas no tan agradables e incluso algunos fallos judiciales han obligado a reversar las decisiones”, apuntó Lastre.
Por su parte Rodolfo Borja, presidente del sindicato Sindes, dijo que es injusto que esté pensando en la 550 cuando el Tomás Uribe genera recursos y son las EPS las que no pagan a tiempo.
Alcances de la norma
La Ley 550 de 1999, establece la intervención del Estado en la economía, en desarrollo de los artículos 334 y 335 de la Constitución, con el fin de promover la reactivación y el empleo, mediante la celebración de acuerdos de reestructuración a favor de las empresas que se encuentren en dificultades para atender sus obligaciones pecuniarias y que, no obstante, se consideren económicamente viables.
La negociación de un acuerdo puede ser promovida de oficio por las superintendencias, o solicitada por el empresario o por uno o varios acreedores, cuando dos o más obligaciones incumplidas por más de 90 días signifiquen no menos del 5% del pasivo corriente de la empresa.
La solicitud se presenta ante la superintendencia que ejerza la vigilancia del empresario o de su actividad; si no está vigilado y en el domicilio de la sociedad funciona despacho de la Superintendencia de Sociedades, será ante éste, y si no existe tal despacho se presentará ante la Cámara de Comercio correspondiente.