Como parte de la actividad se abordaron diferentes temas, entre ellos, el atinente a la educación inclusiva y respuesta a la diversidad, acorde con la sentencia T-478 de 2015 y que conllevan a la revisión y actualización de manuales de convivencia en las instituciones educativas públicas y privadas.
En tal sentido, la Corte reconoció que existen tres diferentes dimensiones del derecho a la igualdad, como la igualdad ante la ley, comprendida como el deber estatal de imparcialidad en la aplicación del derecho frente a todas las personas; prohibición de discriminación que implica que el Estado y los particulares no puedan aplicar un trato discriminatorio a partir de criterios como el sexo, raza, origen étnico, identidad de género, religión u opinión política.
Con esta iniciativa se propende por la equidad, la igualdad y la no discriminación en el entorno escolar, promoviendo el respeto, la inclusión y la diversidad como base del desarrollo de las personas y comunidades en sociedad.
Con la generación de estos espacios se da cumplimiento a la Política Pública de Población LGBTI, en su Acuerdo 058 de 2013 ‘Buga una Constelación de Diversidad’ y del Plan de Desarrollo 2020 – 2023.