La medida aplicaría a personas naturales y jurídicas que hacen parte de la cadena de producción y comercialización. Según el documento, será obligatorio presentar ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) una declaración del representante legal o del importador certificando que los productos, sus ingredientes y combinaciones no fueron testeados en animales. Esta declaración tendrá vigencia indefinida, aunque deberá renovarse si se incorporan nuevos productos.
El borrador también contempla excepciones previstas en la ley, como la realización de pruebas de seguridad cuando exista un riesgo para la salud o el medioambiente y no haya métodos alternativos validados científicamente.
En cuanto a la inspección y control, el Invima será el encargado de verificar las declaraciones y el cumplimiento de los requisitos para la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO). Con esta reglamentación, el Gobierno busca fortalecer la protección animal y reforzar el control sobre la industria cosmética en el país.











