La decisión la tomó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia en el que indica que las entidades crediticias no pueden alegar que con la sola investigación ya respondieron por un fraude.
En el fallo que se convierte en jurisprudencia, los magistrados advierten que los bancos captan dineros del público con la obligación de restituirlos, y asumen un deber de custodia y seguridad.
DATO: Los bancos siempre evadían su responsabilidad ante las demandas de los clientes afectados por el fraude.
Precisa la sentencia que los bancos son civilmente responsables cuando un tercero accede a esos recursos mediante fraude.
“La comentada inobservancia comprometerá la responsabilidad civil del banco, salvo que demuestre el acaecimiento de una causa extraña.
La institución financiera no puede exonerarse del deber de indemnizar con la simple prueba de haber obrado de manera diligente”, dice el fallo dado a conocer el pasado lunes.
Así mimo la Corte Suprema de Justicia declaró en esta sentencia que las entidades financieras son responsables por la pérdida de sus recursos y están obligadas a indemnizar a los depositantes reembolsándoles el valor extraviado más los intereses de mora causados en la fecha que se pierden los recursos y la fecha de pago.
“En este evento, la Corte precisa que las entidades financieras disponen de elementos adicionales que les permitirían establecer unos controles más estrictos para evitar este tipo de fraudes, como el hecho de que sean las mismas entidades financieras las que elaboran los formatos de cheques y establecen sistemas o mecanismos de verificación”, agrega la decisión de los magistrados de la Sala Civil.
El documento que gana trascendencia, pues son muchas las personas que en el país han denunciado este tipo de situaciones, aclara que los bancos no son responsables cuando el cliente tuvo un descuido como por ejemplo haber perdido la tarjeta con el número de la cuenta escrito en la misma o cuando se le da la clave a terceros.
Finalmente el fallo aclara que cuando fraudulentamente le sacan el dinero a un cliente, el banco no puede descargar su responsabilidad por solas averiguaciones hechas, pues falta al contrato bancario cuando incumple los protocolos de verificación.