Con esta nueva herramienta se busca que, a través de los servicios informáticos, las personas jurídicas o naturales puedan radicar electrónicamente uno o varios recursos de reconsideración en materia tributaria, a través de sus representantes legales o apoderados, según sea el caso.
Los términos para radicar el recurso se cumplen en las condiciones establecidas en la ley, y quienes opten por este servicio, no deberán radicar nuevamente en físico.
Según lo explicado por los voceros de la entidad nacional, para la radicación electrónica el contribuyente deberá contar y hacer uso del Instrumento de Firma Electrónica (IFE).
Los archivos que sean cargados en el proceso de radicación deberán cumplir con los requisitos y solemnidades establecidas en la ley.
La herramienta se encuentra en el menú de los servicios informáticos de la DIAN bajo el nombre “Recursos en materia tributaria”, una ruta fácil y accesible.