La ley 1753 de 2015 estableció la jornada única en Colombia, con miras a alcanzar unas nuevas metas en calidad educativa que permitan subir los índices internacionales de ésta frente a otras naciones del mundo; pero, para lograrlo, explica la ley que: “es indispensable que los establecimientos educativos (EE) públicos paulatinamente vayan reduciendo su número de matrículas atendidas en doble jornada (mañana o tarde), hasta que se logre la atención a los educandos bajo una única jornada haciendo uso de la capacidad instalada sin caer en el hacinamiento”.
El plazo máximo para dicha tarea es el año 2025 en las zonas urbanas, y el 2030 para las zonas rurales; sin embargo, al revisar los avances en este sentido, hallamos un bajo nivel de cumplimiento en los indicadores de las metas trazadas desde el Congreso de la República.
Al final del año 2022 se llegó casi al 20% de cobertura estudiantil en jornada única, una cifra realmente decepcionante; lo que podría inferir que la calidad educativa en el país está lejos de ser una prioridad.
Sin embargo, son los futuros alcaldes y gobernadores los que podrían acelerar el proceso para lograr dar cumplimiento a esta magnánima ley.
Para lograr una transición exitosa de la doble jornada a jornada única sin generar caos, es posible que las diferentes secretarías de educación a lo largo de la nación usen el SISBEN 4 para dar prioridad a las poblaciones más vulnerables en su orden, garantizando cobertura para los estratos 1, 2 y 3 principalmente; y de ahí en adelante, en orden de llegada, hasta asignar los cupos restantes para cada uno de los centros educativos públicos con espacio disponible.