El litigio entre Colombia y Nicaragua dio un giro hace 10 años con el fallo de la CIJ que modificó los límites entre los dos países en el mar Caribe, pero, lejos de zanjar la cuestión, dio pie a nuevas demandas ante ese tribunal.
Para Bogotá, la plataforma continental del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que se extiende hacia oriente en 200 millas náuticas, se une incuestionablemente con la plataforma continental que tiene la costa caribe colombiana, razón por la que consideró que La Haya no tenía competencia para tratar la controversia.
Sin embargo, el tribunal le dio la razón a Nicaragua en 2016 y se declaró competente para juzgar este caso, lo que provocó el rechazo de Colombia, cuyo Gobierno declaró que los asuntos entre ambos Estados deben resolverse mediante relaciones bilaterales.
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En la última audiencia del caso, en diciembre del pasado año, la defensa colombiana reiteró que no hay formas legales para que Nicaragua extienda su plataforma continental dentro de las 200 millas náuticas de Colombia.
La disputa entre Colombia y Nicaragua
En este caso, iniciado por Nicaragua en 2013 contra Colombia, se examinan las reclamaciones nicaragüenses sobre su derecho a una plataforma continental extendida y se solicita a la CIJ que realice una delimitación entre la supuesta plataforma continental extendida de Nicaragua y la plataforma continental de Colombia.
Durante el proceso, Colombia presentó argumentos jurídicos, institucionales, científicos y relacionados con los intereses de terceros Estados para respaldar su postura de que Nicaragua no posee una plataforma continental extendida y que la CIJ no puede llevar a cabo la delimitación de plataformas continentales solicitada.
En una providencia del 4 de octubre de 2022, la CIJ decidió que, antes de abordar las cuestiones técnicas y científicas relacionadas con la delimitación de la plataforma continental, era necesario decidir ciertos aspectos legales. Por lo tanto, en las audiencias orales celebradas en diciembre de 2022, las partes presentaron sus argumentos exclusivamente sobre dos cuestiones legales específicas.
La primera cuestión se refiere al derecho de un Estado a una plataforma continental más allá de las 200 millas marinas contadas desde las líneas de base de otro Estado según el derecho internacional consuetudinario. La segunda cuestión se centra en los criterios del derecho internacional consuetudinario para determinar el límite de la plataforma continental más allá de las 200 millas marinas y si los artículos 76.2 al 76.6 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar reflejan dicho derecho consuetudinario.
Colombia, durante las audiencias, presentó sus argumentos en respuesta a estas cuestiones, respaldados en la teoría del derecho del mar contemporáneo y ejemplos de prácticas estatales y opinio juris que respaldan sus argumentos. Además, destacaron que las cuestiones planteadas por la CIJ no implicaban discusiones sobre la delimitación marítima.