De acuerdo con la Ley 1861 del 04 de agosto de 2017 que reglamenta el servicio de Reclutamiento, Control Reservas y la Movilización en el Titulo II de la situación militar, estás personas están exonerados de pagar cuota de compensación militar.
Tuluá hace parte de la jurisdicción del Distrito Militar No.19, por lo tanto las personas residentes en la Villa de Céspedes que requieran del citado beneficio, deberán registrarse previamente en la página web, www.libretamilitar.mil.co , (registrar únicamente información personal), y acudir el 2 de marzo.
Para que el proceso sea exitoso deberán presentar los siguientes documentos: Historia clínica donde se evidencie la discapacidad, Fotocopia de cédula del ciudadano, Fotocopia de cédula de los padres, Registro civil de nacimiento, foto 3×4 fondo azul en CD en formato jpg, carpeta blanca cuatro aletas.
Al terminar el proceso de definición de situación militar al ciudadano se le entrega la Tarjeta Militar Digital como Reservista Segunda clase; si desea tenerla en medio físico deberá expedir el recibo por parte del Comandante de Distrito y cancelar en el banco de Occidente un valor de 136.000 pesos por derecho de expedición de la libreta.